Estatutos - Consorcio de Entes Locales Valle del Tiétar

Estatutos del Consorcio de la Zona Norte

CAPÍTULO VI
Incorporación, separación y extinción

Artículo 39 - Separación del Consorcio.

La separación del Consorcio podrá producirse de forma voluntaria a petición de la parte interesada; o forzosa, como sanción por incumplimiento de sus obligaciones. En todo caso, con carácter previo a la separación, se procederá a la liquidación de todos los compromisos, obligaciones y responsabilidades a que hubiera lugar, en relación con los servicios efectivamente prestados.

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