Estatutos - Consorcio de Entes Locales Valle del Tiétar

Estatutos del Consorcio de la Zona Norte

CAPÍTULO II
Régimen Orgánico

Artículo 10 - Composición de la Asamblea General.

1. – La Asamblea General estará constituida:

a) Por los miembros de la Junta de Gobierno.

b) Dos representantes de la Mancomunidad Bajo Tiétar.

c) Un representante de la Mancomunidad Alto Tiétar.

d) Un representante del ayuntamiento donde se ubica la Planta de Transferencia.

e) Un representante de los Ayuntamientos no mancomunados.

f) Dos representantes de la Comisión de Medio Ambiente de la Diputación Provincial de Ávila, elegidos entre sus miembros.

2. – Las Entidades consorciadas deberán designar, por acuerdo del Pleno u órgano de gobierno, a su representante y un suplente, de entre sus miembros, antes de celebrarse la sesión constituyente de la Asamblea General.

Volver